Cambios en las bonificaciones de los contratos de sustitución en caso de maternidad / paternidad.

A partir del 1 de septiembre de 2023 se reduce considerablemente la bonificación aplicable a los contratos de sustitución en caso de maternidad y paternidad.

El Real Decreto-ley 1/2023, de 10 de enero, cambia la bonificación de los contratos por sustitución arriba mencionados. Hasta la entrada en vigor del RDL, estos contratos tenían una bonificación de hasta el 100% de las cuotas de la SS, tanto en la contratación de la persona sustituida como de la persona sustituta. Pero a partir del 1 de septiembre de 2023, se produce la eliminación de ese 100% de exención en las cotizaciones, quedando únicamente una bonificación de 366 euros mensuales en las siguientes situaciones:

  1. Contratación de persona menor de 30 años desempleada, para sustitución trabajadora de baja por riesgo durante el embarazo o riesgo durante la lactancia natural.
  2. Contratación de persona menor de 30 años desempleada, para sustitución de trabajador/a por nacimiento y cuidado de un menor (maternidad / paternidad).
  3. Contratación de personas desempleadas para sustitución de personas trabajadoras autónomas, personas socias trabajadoras o socias de trabajo de las sociedades cooperativas.

 

Por tanto, con este cambio normativo se “favorece” la incorporación de los jóvenes, pero aun así se reducen las bonificaciones existentes para este tipo de contratos.

Si quieres saber más no dudes en ponerte en contacto con nosotros. Además, en relación a este tema puedes consultar la entrada de nuestro blog del 19/01/2023 sobre la prestación de nacimiento y cuidado del menor.

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