Cambios en las bonificaciones de los contratos de sustitución

Cambios en las bonificaciones de los contratos de sustitución

Cambios en las bonificaciones de los contratos de sustitución en caso de maternidad / paternidad.

A partir del 1 de septiembre de 2023 se reduce considerablemente la bonificación aplicable a los contratos de sustitución en caso de maternidad y paternidad.

El Real Decreto-ley 1/2023, de 10 de enero, cambia la bonificación de los contratos por sustitución arriba mencionados. Hasta la entrada en vigor del RDL, estos contratos tenían una bonificación de hasta el 100% de las cuotas de la SS, tanto en la contratación de la persona sustituida como de la persona sustituta. Pero a partir del 1 de septiembre de 2023, se produce la eliminación de ese 100% de exención en las cotizaciones, quedando únicamente una bonificación de 366 euros mensuales en las siguientes situaciones:

  1. Contratación de persona menor de 30 años desempleada, para sustitución trabajadora de baja por riesgo durante el embarazo o riesgo durante la lactancia natural.
  2. Contratación de persona menor de 30 años desempleada, para sustitución de trabajador/a por nacimiento y cuidado de un menor (maternidad / paternidad).
  3. Contratación de personas desempleadas para sustitución de personas trabajadoras autónomas, personas socias trabajadoras o socias de trabajo de las sociedades cooperativas.

 

Por tanto, con este cambio normativo se “favorece” la incorporación de los jóvenes, pero aun así se reducen las bonificaciones existentes para este tipo de contratos.

Si quieres saber más no dudes en ponerte en contacto con nosotros. Además, en relación a este tema puedes consultar la entrada de nuestro blog del 19/01/2023 sobre la prestación de nacimiento y cuidado del menor.

Renta 2022: Preguntas frecuentes

Renta 2022: Preguntas frecuentes

RENTA 2022: Preguntas que todos nos hacemos alguna vez antes de presentar la declaración de la renta.

  • ¿Cómo sé si tengo que hacer la declaración de la renta? Los límites por los que quedas EXENTOS de presentar la declaración este año son los siguientes:
    1. CON 1 ÚNICO PAGADOR: Quienes obtengan rentas por rendimientos íntegros del trabajo que NO superen los 22.000 euros anuales.
    2. CON DOS O MÁS PAGADORES: Aquellos contribuyentes cuyos ingresos NO superen los 14.000 euros al año, siempre que los INGRESOS a partir del 2º PAGADOR NO superen, en suma, los 1.500 euros anuales.
  • Si me sale a pagar ¿Puedo pagarla a plazos? Sí, puedes fraccionar en 2 plazos de forma automática. El primer pago se realizará el último día de la declaración, el 30 de junio, y el segundo a principios de noviembre (normalmente el día 05/11). Si quieres dividirlo en más plazos habría que solicitarlo y esperar a que la AEAT lo acepte. También se puede solicitar aplazar el pago.
  • Si me sale a devolver, ¿Cuánto tarda Hacienda en devolver el dinero? Normalmente con las cantidades pequeñas entre unos 15 días y un mes. Para cantidades mayores o, habitualmente, en el caso de autónomos, suelte tardar un poco más. Por ley la AEAT tiene hasta el 31/12. A veces, incluso, devuelve a principios del año siguiente. En este caso te devolverían con intereses.
  • ¿Puedo confirmar el borrador sin problema? OJO!! Puede contener errores. Si el beneficiario es la AEAT y has pagado de más o te devolvieron de menos tendrás que ser tú el que te des cuenta del error y solicitar la devolución de ingresos indebidos. Si por el contrario el error perjudica a la AEAT te pueden enviar una declaración paralela con el nuevo resultado y además sancionarte por presentar mal la renta, ya que el responsable siempre es el contribuyente.
  • ¿Puedo hacer la renta individual si estoy casado/a? Sí claro. Eso depende de la situación personal y económica de la pareja. En algunos casos será más favorable presentarla individual y en otros conjunta.
  • Si he tenido más de un pagador ¿voy a pagar más? No necesariamente. El hecho de tener más de un pagador no implica que pagues. Esto solo afecta a la obligación de presentarla.
  • Si me quedé en paro, ¿debo presentar la declaración? Cobrar una prestación de desempleo equivale a recibir un salario, de modo que una persona en paro puede estar obligada a presentar la declaración de la renta si:
    • Sus ingresos superan los 22.000 euros con un solo pagador.
    • Sus ingresos superan los 14.000 euros cuando sean dos o más pagadores, siempre que la suma del segundo o más pagadores sea por una cuantía superior a 1.500 euros.
  • He realizado una venta de una finca rústica heredada de mis padres. ¿Debo de incluir esta venta en la declaración de la renta? La venta de una finca rústica, al igual que ocurre con la venta de una vivienda, debe tributar en el IRPF a través del epígrafe de ganancias y pérdidas patrimoniales. El valor que declarar será la diferencia entre el valor de transmisión (venta) y el valor de adquisición (en caso de herencia, el valor declarado en el impuesto de sucesiones o pacto de mejora). Tributando de acuerdo con los siguientes tipos impositivos: de 0 a 6.000 euros: 19%; de 6.000 a 50.000 euros: 21%; de 50.000 a 200.000 euros: 23%; más de 200.000 euros: 26%.
  • Si he comprado o vendido criptomonedas, ¿cómo afecta a la declaración? Se ha incorporado una nueva casilla, la 1626, para declarar la compraventa de criptomonedas. Hay que declarar las fechas y los valores de adquisición para que el programa calcule las ganancias o pérdidas obtenidas durante 2022.
  • ¿Qué puedo deducirme para ahorrar en la declaración de la renta? Existen muchas deducciones posibles para ahorrar en la declaración de la renta, estas son algunas de las más importantes:
    • Deducción por maternidad para madres trabajadoras con hijos menores de tres años
    • Pensiones compensatorias en favor del cónyuge
    • Realizar aportaciones a planes de pensiones
    • Cuotas a sindicatos y colegios profesionales
    • Aportaciones o cuotas entregadas a partidos políticos
    • Deducción por adquisición de vivienda habitual (si se adquirió antes del 1 de enero de 2013)

La mejor forma de resolver todas tus dudas y evitar posibles problemas con tu declaración de la renta es contando con un buen asesoramiento fiscal.

En Hermo Asesores encontrarás el asesor que necesitas.

Reset password

Ingrese su dirección de correo electrónico y le enviaremos un enlace para cambiar su contraseña.

Crear una cuenta de agente

Administre sus listados, perfil y más

Crear una cuenta de agente

Administre sus listados, perfil y más

Powered by Inmuebles
Ir al contenido