Renta 2023: Novedades y gastos deducibles para autónomos

Renta 2023: Novedades y gastos deducibles para autónomos

Renta 2023: Novedades y gastos deducibles para autónomos

Como en cada Campaña de Renta, siempre hay novedades interesantes que es importante conocer para saber si nos afectará o no a la hora de hacer nuestra declaración este año.

Este 2024 trae unas cuantas novedades para quien hubiese estado de alta como Autónomo en algún momento durante el ejercicio 2023. Algunos de esos cambios son los siguientes:

  1. Será obligatorio presentar la declaración solo por el mero hecho de haber estado de alta en RETA, independientemente del tiempo de alta y de los ingresos obtenidos. Esto representa un cambio importante, ya que hasta ahora sólo tenían obligación si sus rendimientos netos eran superiores a 1.000€ anuales. Es decir, ahora TODOS los autónomos estarán obligados a presentar la declaración de la renta.
  2. Aumenta la deducción por gastos de difícil justificación, la cual es un mecanismo que Hacienda aplica automáticamente a los autónomos en su declaración, pasando del 5% al 7% en este 2024. Esto quiere decir que a los autónomos a los que se le aplique esta deducción pagarán menos IRPF.  Pero no a todos y con unos límites:
    • Se aplica a aquellos que tributan el IRPF por estimación directa simplificada.
    • No puede superar los 2.000 € al año de deducción
  1. Se amplía el límite de deducción por planes de pensiones, por los que el contribuyente se puede deducir hasta 1.500€ del plan de pensiones que tenga contratado. La novedad está en que este año se incluyen los planes de pensiones de empleo para autónomos, que desde 2023 se pueden contratar, aunque no se tenga empleados.  Importe máximo a deducir: 4.250€

 

Por otro lado, también es importante, como autónomo, conocer que gastos te puedes deducir en tu declaración de la renta para pagar menos IRPF. Unos gastos que pueden ser muy beneficiosos para el resultado final de la declaración pero con los que hay que tener cuidado para a la hora de deducirlos para hacer bien y evitar posibles problemas futuros con la AEAT, ya que es más habitual de lo que parece que no se estén desgravando todos los gastos posibles o que se estén desgravando de más, lo cual puede tener consecuencias nefastas en la contabilidad.

Para “hacer bien las cosas” en este tema es fundamentar acudir a las reglas generales de los gastos deducibles:

  1. Un gasto es deducible cuando es necesario y exclusivo para el desarrollo de la actividad del autónomo.
  2. Un gasto es deducible cuando se conserva la factura.

Para poder deducir un gasto sin problema habrá que cumplir con los dos requisitos anteriores. Con estas reglas una de las dudas que más genera a los contribuyentes es el tema de las facturas. Hay gastos que nunca vienen acompañados de una factura, como las cuotas de la Seguridad Social, seguros, intereses bancarios, entre otros.  Otras veces resulta difícil conseguir factura del servicio, como en caso de gastos de transporte como bus o tren. ¿Y qué se hace entonces en estos casos? Lo recomendable es pedir siempre una factura completa que justifique el pago. Se puede justificar a través de factura simplificada o ticket pero no es garantía en caso de revisión por parte de la AEAT.

¿Qué gastos va a poder deducirse un autónomo en esta próxima de Campaña de la RENTA 2023?

  1. Compra de materias primas y existencias
  2. Cuotas de autónomos
  3. Gastos de alquiler (oficina, tienda, almacén)
  4. Suministros (luz, agua, teléfono)
  5. Servicios profesionales (asesoría, notaria, registro)
  6. Primas de seguros (RC, de convenio)
  7. Gastos financieros (comisiones, intereses préstamos)
  8. Gastos de reparación y conservación
  9. Gastos de empleados (nóminas, seguridad social)
  10. Amortizaciones

 

La declaración de la renta puede llegar a ser un quebradero de cabeza para muchas personas. Muchas veces complicada y que requiere mucha información. Pero para eso estamos nosotros, para ponértelo fácil.

En Hermo Asesores llevamos desde nuestros inicios, hace ya 40 años, con la Declaración de Renta como uno de nuestros puntos fuertes. Así que no lo dudes y contacta con nosotros para hacer tu declaración.

Renta 2022: Preguntas frecuentes

Renta 2022: Preguntas frecuentes

RENTA 2022: Preguntas que todos nos hacemos alguna vez antes de presentar la declaración de la renta.

  • ¿Cómo sé si tengo que hacer la declaración de la renta? Los límites por los que quedas EXENTOS de presentar la declaración este año son los siguientes:
    1. CON 1 ÚNICO PAGADOR: Quienes obtengan rentas por rendimientos íntegros del trabajo que NO superen los 22.000 euros anuales.
    2. CON DOS O MÁS PAGADORES: Aquellos contribuyentes cuyos ingresos NO superen los 14.000 euros al año, siempre que los INGRESOS a partir del 2º PAGADOR NO superen, en suma, los 1.500 euros anuales.
  • Si me sale a pagar ¿Puedo pagarla a plazos? Sí, puedes fraccionar en 2 plazos de forma automática. El primer pago se realizará el último día de la declaración, el 30 de junio, y el segundo a principios de noviembre (normalmente el día 05/11). Si quieres dividirlo en más plazos habría que solicitarlo y esperar a que la AEAT lo acepte. También se puede solicitar aplazar el pago.
  • Si me sale a devolver, ¿Cuánto tarda Hacienda en devolver el dinero? Normalmente con las cantidades pequeñas entre unos 15 días y un mes. Para cantidades mayores o, habitualmente, en el caso de autónomos, suelte tardar un poco más. Por ley la AEAT tiene hasta el 31/12. A veces, incluso, devuelve a principios del año siguiente. En este caso te devolverían con intereses.
  • ¿Puedo confirmar el borrador sin problema? OJO!! Puede contener errores. Si el beneficiario es la AEAT y has pagado de más o te devolvieron de menos tendrás que ser tú el que te des cuenta del error y solicitar la devolución de ingresos indebidos. Si por el contrario el error perjudica a la AEAT te pueden enviar una declaración paralela con el nuevo resultado y además sancionarte por presentar mal la renta, ya que el responsable siempre es el contribuyente.
  • ¿Puedo hacer la renta individual si estoy casado/a? Sí claro. Eso depende de la situación personal y económica de la pareja. En algunos casos será más favorable presentarla individual y en otros conjunta.
  • Si he tenido más de un pagador ¿voy a pagar más? No necesariamente. El hecho de tener más de un pagador no implica que pagues. Esto solo afecta a la obligación de presentarla.
  • Si me quedé en paro, ¿debo presentar la declaración? Cobrar una prestación de desempleo equivale a recibir un salario, de modo que una persona en paro puede estar obligada a presentar la declaración de la renta si:
    • Sus ingresos superan los 22.000 euros con un solo pagador.
    • Sus ingresos superan los 14.000 euros cuando sean dos o más pagadores, siempre que la suma del segundo o más pagadores sea por una cuantía superior a 1.500 euros.
  • He realizado una venta de una finca rústica heredada de mis padres. ¿Debo de incluir esta venta en la declaración de la renta? La venta de una finca rústica, al igual que ocurre con la venta de una vivienda, debe tributar en el IRPF a través del epígrafe de ganancias y pérdidas patrimoniales. El valor que declarar será la diferencia entre el valor de transmisión (venta) y el valor de adquisición (en caso de herencia, el valor declarado en el impuesto de sucesiones o pacto de mejora). Tributando de acuerdo con los siguientes tipos impositivos: de 0 a 6.000 euros: 19%; de 6.000 a 50.000 euros: 21%; de 50.000 a 200.000 euros: 23%; más de 200.000 euros: 26%.
  • Si he comprado o vendido criptomonedas, ¿cómo afecta a la declaración? Se ha incorporado una nueva casilla, la 1626, para declarar la compraventa de criptomonedas. Hay que declarar las fechas y los valores de adquisición para que el programa calcule las ganancias o pérdidas obtenidas durante 2022.
  • ¿Qué puedo deducirme para ahorrar en la declaración de la renta? Existen muchas deducciones posibles para ahorrar en la declaración de la renta, estas son algunas de las más importantes:
    • Deducción por maternidad para madres trabajadoras con hijos menores de tres años
    • Pensiones compensatorias en favor del cónyuge
    • Realizar aportaciones a planes de pensiones
    • Cuotas a sindicatos y colegios profesionales
    • Aportaciones o cuotas entregadas a partidos políticos
    • Deducción por adquisición de vivienda habitual (si se adquirió antes del 1 de enero de 2013)

La mejor forma de resolver todas tus dudas y evitar posibles problemas con tu declaración de la renta es contando con un buen asesoramiento fiscal.

En Hermo Asesores encontrarás el asesor que necesitas.

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