RENTA 2022: Preguntas que todos nos hacemos alguna vez antes de presentar la declaración de la renta.
- ¿Cómo sé si tengo que hacer la declaración de la renta? Los límites por los que quedas EXENTOS de presentar la declaración este año son los siguientes:
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- CON 1 ÚNICO PAGADOR: Quienes obtengan rentas por rendimientos íntegros del trabajo que NO superen los 22.000 euros anuales.
- CON DOS O MÁS PAGADORES: Aquellos contribuyentes cuyos ingresos NO superen los 14.000 euros al año, siempre que los INGRESOS a partir del 2º PAGADOR NO superen, en suma, los 1.500 euros anuales.
- Si me sale a pagar ¿Puedo pagarla a plazos? Sí, puedes fraccionar en 2 plazos de forma automática. El primer pago se realizará el último día de la declaración, el 30 de junio, y el segundo a principios de noviembre (normalmente el día 05/11). Si quieres dividirlo en más plazos habría que solicitarlo y esperar a que la AEAT lo acepte. También se puede solicitar aplazar el pago.
- Si me sale a devolver, ¿Cuánto tarda Hacienda en devolver el dinero? Normalmente con las cantidades pequeñas entre unos 15 días y un mes. Para cantidades mayores o, habitualmente, en el caso de autónomos, suelte tardar un poco más. Por ley la AEAT tiene hasta el 31/12. A veces, incluso, devuelve a principios del año siguiente. En este caso te devolverían con intereses.
- ¿Puedo confirmar el borrador sin problema? OJO!! Puede contener errores. Si el beneficiario es la AEAT y has pagado de más o te devolvieron de menos tendrás que ser tú el que te des cuenta del error y solicitar la devolución de ingresos indebidos. Si por el contrario el error perjudica a la AEAT te pueden enviar una declaración paralela con el nuevo resultado y además sancionarte por presentar mal la renta, ya que el responsable siempre es el contribuyente.
- ¿Puedo hacer la renta individual si estoy casado/a? Sí claro. Eso depende de la situación personal y económica de la pareja. En algunos casos será más favorable presentarla individual y en otros conjunta.
- Si he tenido más de un pagador ¿voy a pagar más? No necesariamente. El hecho de tener más de un pagador no implica que pagues. Esto solo afecta a la obligación de presentarla.
- Si me quedé en paro, ¿debo presentar la declaración? Cobrar una prestación de desempleo equivale a recibir un salario, de modo que una persona en paro puede estar obligada a presentar la declaración de la renta si:
- Sus ingresos superan los 22.000 euros con un solo pagador.
- Sus ingresos superan los 14.000 euros cuando sean dos o más pagadores, siempre que la suma del segundo o más pagadores sea por una cuantía superior a 1.500 euros.
- He realizado una venta de una finca rústica heredada de mis padres. ¿Debo de incluir esta venta en la declaración de la renta? La venta de una finca rústica, al igual que ocurre con la venta de una vivienda, debe tributar en el IRPF a través del epígrafe de ganancias y pérdidas patrimoniales. El valor que declarar será la diferencia entre el valor de transmisión (venta) y el valor de adquisición (en caso de herencia, el valor declarado en el impuesto de sucesiones o pacto de mejora). Tributando de acuerdo con los siguientes tipos impositivos: de 0 a 6.000 euros: 19%; de 6.000 a 50.000 euros: 21%; de 50.000 a 200.000 euros: 23%; más de 200.000 euros: 26%.
- Si he comprado o vendido criptomonedas, ¿cómo afecta a la declaración? Se ha incorporado una nueva casilla, la 1626, para declarar la compraventa de criptomonedas. Hay que declarar las fechas y los valores de adquisición para que el programa calcule las ganancias o pérdidas obtenidas durante 2022.
- ¿Qué puedo deducirme para ahorrar en la declaración de la renta? Existen muchas deducciones posibles para ahorrar en la declaración de la renta, estas son algunas de las más importantes:
- Deducción por maternidad para madres trabajadoras con hijos menores de tres años
- Pensiones compensatorias en favor del cónyuge
- Realizar aportaciones a planes de pensiones
- Cuotas a sindicatos y colegios profesionales
- Aportaciones o cuotas entregadas a partidos políticos
- Deducción por adquisición de vivienda habitual (si se adquirió antes del 1 de enero de 2013)
La mejor forma de resolver todas tus dudas y evitar posibles problemas con tu declaración de la renta es contando con un buen asesoramiento fiscal.
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