¿A qué ayudas puedo tener derecho por tener un hijo en 2023?

¿A qué ayudas puedo tener derecho por tener un hijo en 2023?

¿A qué ayudas puedo tener derecho por tener un hijo en 2023?

Si vas a ser padre/madre en este 2023 debes saber que, además de la archiconocida prestación por nacimiento y cuidado de menor (maternidad/paternidad), existen otras ayudas y deducciones para las familias tras el nacimiento.

Algunas de las ayudas a las que podrías tener acceso, dependiendo de tu situación personal y familiar, son las siguientes:

⇒ Prestaciones por nacimiento y cuidado del menor:

Esta prestación consiste en un subsidio que se reconoce a las personas trabajadoras, ya sean por cuenta ajena como autónomos, durante las semanas que dure el permiso de maternidad y paternidad (16 semanas para cada progenitor en 2023). También serán beneficiarias del subsidio por nacimiento las trabajadoras por cuenta ajena o propia que, en caso de parto, reúnan todos los requisitos establecidos para acceder a la prestación por nacimiento y cuidado de menor, salvo el período mínimo de cotización.

El importe a cobrar es el equivalente al 100% de su base reguladora (equivalente a la que esté establecida para la prestación de incapacidad temporal, derivada de contingencias comunes). 

Para solicitarlo se debe estar afiliada o afiliado y en alta, así como tener cubierto un periodo mínimo de cotización que variará en función de la edad.

⇒ Ayuda de 100 euros para madres trabajadoras (deducción por maternidad):

Es una prestación para madres trabajadoras por cuenta ajena o autónomas que puede percibirse en forma de deducción anual en la declaración de la renta de hasta 1.200 euros o bien solicitar el abono anticipado por un importe de 100 euros mensuales por niño, en ambos casos hasta que el niño cumpla 3 años.

⇒ Bonificación de las cuotas para contratar a un cuidador familiar:

Si necesitas contratar a una persona que permita conciliar la vida familiar y laboral, existe una bonificación del 45% de las cuotas de la Seguridad Social para las familias numerosas o monoparentales en las contrataciones de empleadas de hogar.

⇒ Cheque guardería:

Es un beneficio fiscal para madres trabajadores que permitirá deducir hasta 1.000€ en la declaración de la renta por gastos de escolarización. Tendrán derecho las madres con hijos menores de 3 años que vayan a guardería o escuela infantil.

Se consideran gastos de escolarización las cantidades pagadas por la preinscripción, la matrícula, la asistencia en horario general y ampliado, y la alimentación.

Son los propios centros los que facilitan los datos a las comunidades autónomas y una vez recibida la información esta se envía a la Agencia Tributaria pasando a ser incorporada en los datos fiscales del ejercicio.

⇒ Ayuda para familias numerosas, monoparentales o con discapacidad con ingresos bajos:

La prestación económica por nacimiento o adopción de hijo, en supuestos de familias numerosas, monoparentales y en los casos de alguno de los progenitores con discapacidad, consiste en un pago único de máximo 1.000 euros que reciben los progenitores o adoptantes.

Para recibir esta ayuda, los ingresos no pueden superar los niveles máximos. En caso de que los salarios no lleguen a los ingresos mínimos se abonará la prestación íntegra de 1.000 euros. En caso de ser superiores al límite mínimo, y siempre que los ingresos no superen los máximos establecidos, se percibirá el resultado de restar a los 1.000 euros la diferencia entre los ingresos y el límite mínimo. Esta prestación se puede solicitar a partir del siguiente día del nacimiento o adopción del hijo.

1. Familias numerosas, monoparentales y madres discapacitadas:

Hijos a cargo

Límite de ingresos para recibir el importe íntegro

Nivel máximo de ingresos

1

14.011,00

15.001,00

2

16.112,65

17.102,65

3

18.214,30

19.204,30

4

20.315,95

21.305,95

5

22.417,60

23.407,60

2. Familias numerosas, monoparentales y madres discapacitadas (con título de familia numerosa):

Hijos a cargo

Límite de ingresos para recibir el importe íntegro

Nivel máximo de ingresos

3

21.086,00

22.076,00

4

24.502,00

25.492,00

5

27.918,00

28.908,00

6

31.334,00

32.324,00

7

34.750,00

35.740,00

 

⇒ Prestación económica por parto o adopción múltiple:

Esta prestación tiene por objeto compensar, en parte, el aumento de gastos que produce en las familias el nacimiento o la adopción de dos o más hijos por parto o adopción múltiples. Consiste en un pago único de un importe en función del número de hijos y del SMI vigente en ese momento.

Nº de hijos nacidos

Nº de veces del importe mensual del SMI

Importes según el SMI actual

2

4

4.320,00 euros

3

8

8.620,00 euros

4 y más

12

12.960,00 euros

 

⇒ Deducción por familia numerosa:

Se trata de una deducción específica a aplicar en la declaración de la renta o bien recibirse en un abono anticipado de 100 euros mensuales o 200 euros (familia numerosa de categoría especial). El importe máximo es de 1.200 € anuales, con un incremento del 100% para familias numerosas de categoría especial. Es imprescindible ser poseedor del título que te acredita como familia numerosa, tanto de categoría general (3 o 4 hijos) como de categoría especial (5 o más). Para beneficiarse de ellas es necesario estar de alta o asimilado en la Seguridad Social, aunque en el caso de ser familia numerosa también se aplica a desempleados que estén cobrando subsidio y a pensionistas.

Luego a nivel autonómico existe la TARXETA BENVIDA que entrega la Consellería de Política Social e Xuventude de la Xunta de Galicia:

Es una ayuda económica para las familias destinada a apoyar los gastos derivados del nacimiento, guarda con fines adoptivos o adopción de un niño/a. Para tener derecho a esta ayuda el solicitante deberá tener su residencia habitual en Galicia, que el bebé por el que se solicita hubiese nacido o adoptados durante el año natural de solicitud, no superar un limite de ingresos establecido. Con carácter general, la cuantía total de la ayuda es de 1.200€ por cada hijo o hija durante un año a razón de 100€ mensuales.

Para aquellas familias con rentas igual o inferiores a 22.000€, la ayuda se ampliará en el 2º y 3º año de vida del hijo (hasta que cumpla 3 años) en las siguientes cuantías:

  • 1º hijo: 600€/año
  • 2ª hijo: 1.200€/año
  • 3º hijo o sucesivos/as: 2.400€ año

El pago se efectuará a través de una tarjeta monedero que se expedirá a nombre de la persona solicitante y podrá ser utilizada en supermercados, tiendas de alimentación, librerías, ópticas, farmacias, parafarmacias y establecimientos de puericultura o especializados en artículos o productos para la infancia. Esta Tarjeta solo se podrá utilizar para la compra, en establecimientos de Galicia, de productos específicos para bebé (leche y otros alimentos infantiles, pañales, ropa, productos de higiene infantil, etc).

El plazo de solicitud es de 2 meses contados desde el día siguiente al parto, resolución de guarda con fines adoptivos o se constituya la adopción.

 

Si estás interesado/a en que tramitemos alguna de las prestaciones a las que tendrías derecho si vas a ser mamá y/o papá, no dudes en consultarnos.

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