Nuestros Servicios

En Hermo Asesores, tienes a tu alcance los mejores servicios. Sigue leyendo.

Desde 1983, ofreciendo los mejores servicios

Formándonos continuamente y al día con las nuevas tecnologías, con el fin de ser más ágiles en la comunicación con nuestros clientes y estar siempre actualizados en la información a transmitirles; nuestra eficacia nos permite ofrecer un servicio de calidad.

Fiscal – Contable

Llevamos todo tipo de impuestos, comprobaciones fiscales y contabilidad. Trabajamos tanto para autónomos como para PYMES.

Laboral

Asesoramiento y gestión integral en materia laboral: contratos de trabajo, altas, bajas, modificaciones y seguros sociales. Despidos.

Mercantil

Constitución de sociedades, gestión de escrituras y registros, libros contables y cuentas anuales. Asesoramiento y resolución de dudas mercantiles.

Sucesiones y Herencias

Testamentos, herencias y repartos en vida, Impuesto de Sucesiones y Donaciones. Asesoramiento especializado.

Seguros

Solución a todas las necesidades aseguradoras, tanto para empresas como para particulares. Somos punto azul de AXA.

Otros servicios

Cubrimos servicios de catastro, reclamaciones contra valoraciones, pensiones y demás prestaciones contributivas.

Preguntas frecuentes

1. ¿Por qué si cobro lo mismo que mi compañero de trabajo a mí me sale a pagar la declaración de la renta y a él no?

Que cobres lo mismo que tú compañero no significa que el resultado de la renta vaya también a ser igual ya que ésta depende, además de tus rendimientos de trabajo anuales, de la situación personal de cada uno. Así el resultado dependerá, entre otras cosas, de:

  • El número de hijos que tengas y si éstos son menores de 3 años o no.
  • Si estás casado y tu mujer también trabaja o está a tu cargo.
  • Si tienes acciones / planes de pensiones.
  • Se te expropiaron algún terreno o compraste / vendiste algún inmueble.
  • Si tú o algún miembro de tu unidad familiar tiene una minusvalía.

Como ves, la renta no es un trámite tan simple como pueda parecer desde fuera. Desde Hermo asesores aprovechamos para recordarte que en el momento que aceptas el borrador de la AEAT, en caso de ser incorrecto la responsabilidad recae sobre el declarante, no sobre la administración, por lo que un buen asesoramiento antes de su presentación es fundamental para evitar sustos posteriores.

2. Me acabo de enterar de que estoy embarazada y, tras los nervios y la alegría iniciales, lo siguiente que se me pasa por la cabeza es ¿A que prestaciones tendré derecho? ¿Cuánto tiempo podré estar de baja? ¿Qué trámites tengo que realizar y cómo los hago?

La principal prestación tras el nacimiento es la prestación por nacimiento del menor, que podrán cobrar tanto la madre como el padre. Así como a una baja de 16 semanas de descanso cada uno de los progenitores para el año 2023. Además, existen otras ayudas a las que tendrán acceso la madre y/o el padre, como la deducción por maternidad donde la madre trabajadora tendrá derecho además a una ayuda de 100€/mes, hasta que el bebé cumpla los 3 años.

Si quieres saber más sobre este tema en Hermo Asesores te informamos de todas las ayudas a las que puedas tener derecho según tu situación personal y realizaremos todos los trámites oportunos en tu nombre.

3. Estoy harta de mi jefe. Ya no puedo más!!... Cuántas veces habrás pensado esto y te habrás planteado darte de alta como autónoma para ser tu propia jefa. Pero ¿Qué requisitos debo cumplir? ¿Cual es la mejor opción? ¿Cuánto voy a pagar de seguridad social?

En Hermo Asesores te resolveremos todas esas dudas. Te informaremos sobre la nueva tarifa plana para autónomos (80€ para las nuevas altas) y realizaremos todos los trámites por ti. Necesitaremos tu certificado digital, DNI y tarjeta sanitaria. Haremos un estudio personalizado buscando la mejor opción. Y veremos, incluso, si tienes derecho a solicitar la capitalización de tu paro acumulado para ayudarte a iniciar tu nuevo negocio.

4. Cuántas veces en reuniones familiares debatimos como repartir la herencia de nuestros padres pero no sabemos por donde empezar. O cual es la mejor forma de realizar tu testamento para no dejar “problemas” futuros a tus hijos.

Un reparto de una herencia es un trámite muchas veces engorroso que requiere mucha documentación y pasos a realizar pero nosotros nos ocupamos de todo. Tú solo tienes que traernos todos esos papeles que tienes en casa y ya nos encargamos nosotros. Y si hay conflicto entre herederos podemos ayudarte a mediar para llegar a un arreglo…

5. ¿Cuánto cobrará un trabajador estando de baja médica? ¿Quién es el encargado de pagarle mientras dure la baja?

El importe de la prestación dependerá del tipo de baja:

  • Si la baja es por enfermedad común o accidente no laboral (contingencias comunes), los primeros 3 días de baja no se cobra nada. Del 4º día al 20º se cobra el 60% de la base reguladora y a partir del día 21º se cobra el 75% de la base reguladora.
  • Si la baja es por accidente laboral o enfermedad profesional (contingencias profesionales), se cobra el 75% de la base reguladora desde el día siguiente a la baja.

Por norma general, la prestación la paga la empresa, como un pago delegado de la Seguridad Social. Es decir, la empresa paga al trabajador y la SS se lo “devuelve” a esta a través de un descuento del pago del TC. En caso de contingencias comunes este pago delegado comienza el día 16 de baja. Los primeros 15 días corren a cuenta de la empresa.

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